En Abril del 2010 entro en vigencia la ley provincial Nº 5.954, que establece la creación del Colegio Público de Martilleros y Corredores de la Provincia de Corrientes, encuadrada en la normativa nacional Nº 20.266. Esta ley nació de un proceso de discusión y consenso entre el Colegio de Corredores Públicos de Corrientes y la Cámara Inmobiliaria de Corrientes, con el objetivo de jerarquizar y darle un régimen legal a la profesión. Esta realidad cerró un debate de varios años que se agravó a partir de 2008, con el avance en la Legislatura correntina de dos proyectos de leyes paralelas, incompatibles, en conflicto entre sí. Las propuestas en conflicto impulsaban la creación, por un lado, del Colegio Público de Martilleros y Corredores de la Provincia de Corrientes, y por el otro, del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios. Finalmente, y gracias a la gestión de distintos legisladores y la negociación entre los Corredores, Martilleros y Empresarios, prosperó un acuerdo inédito en el país. “Anteponiendo la Paz Social, han cedido sus pretensiones para aunar criterios en un solo proyecto, que terminó siendo convertido en ley”. La ley provincial Nº 5.954, delega en el flamante colegio la responsabilidad del gobierno de la matrícula de los Martilleros y Corredores en todo el territorio provincial. Antes, el poder de policía de la profesión estaba a cargo del Estado. Con esta normativa, la provincia es pionera en un acuerdo entre los Corredores y Martilleros con los Empresarios Inmobiliarios.
La ley fue sancionada el 21 de abril del 2010 y publicada en el Boletín Oficial el 12 de Mayo del 2010.
El colegio correntino es pionero en lograr un acuerdo para el ejercicio del Corretaje.
Si bien el flamante Colegio Público de Martilleros y Corredores de la provincia sería el sexto en crearse en el país, es el único que nace como resultado del acuerdo entre las partes que lo conforman. Se gesta del consenso entre los Profesionales (Martilleros y Corredores) y la Cámara Inmobiliaria correntina.
La importancia del colegio radica en que la institución se convierte en el poder de policía del ejercicio de la profesión de corretaje y martillero público.
Importa señalar que el Corretaje es la acción que consiste en poner en relación a dos o más partes para la conclusión de negocios sin estar ligado a ninguna de ellas por relaciones de colaboración, subordinación o representación.
En el marco del consenso, quedaron facultados a ejercer como Corredores todos aquellos agentes inmobiliarios que lo venían haciendo sin tener el título (Art.56 ley 5954).
Con la entrada en vigencia de la ley Nº 5.954, también se inicio un proceso para la constitución de la conducción del colegio. Esa etapa estuvo a cargo de una Comisión Organizadora, que tuvo las funciones de directorio provisorio hasta la elección de la definitiva.
En cumplimiento al Art. 64º (último párrafo) de la ley 5954, la Comisión Organizadora quedo integrada por:
  • PRESIDENTE: MCP OSCAR ROBERTO VILLAR
  • VIDEPRESIDENTE: MCP HUGO RUBEN YANCOVICH
  • SECRETARIO: MCP JOAQUIN MANUEL VALLEJOS
  • TESORERO: MCP JUAN JOSE AGUIRRE MARTINEZ
  • VOCAL 1º: MCP EDUARDO RUFINO PEREZ (Colegio de Corredores Públicos de Corrientes)
  • VOCAL 2º: Sra. LIDIA CLARA ANDREAU (Cámara Inmobiliaria de Corrientes)
"Los cargos de Presidente, Secretario y uno de los vocales fueron designados por el Colegio de Corredores Públicos de Corrientes; el Vicepresidente, el Tesorero y el vocal restante fueron designados por la Cámara Inmobiliaria de Corrientes."

La Comisión Organizadora conto con la colaboración de:
  • MCP VALLEJOS, Sebastián Armando
  • Dr. TORRELLA, Néstor Javier
  • Sr. GOMEZ, Víctor Hugo
  • MCP ALTAMIRANO, Waldemar Adolfo
  • MCP ACHITE, Raúl
  • MCP SOTO, Evangelina
  • MCP MORENO, Lorena Laura
  • Dra. ZANDAVALLI, Laura Raquel
  • Sr. MICELLI, Jorge
  • M.C.P. SILVA, Guadalupe
  • MCP CENTELLA, Aldo
  • Sr. HENDERSON, Guillermo A.
  • MCP BILLORDO, Osvaldo
  • Colegio Público de Abogados 1er Circunscripción Judicial Corrientes.
  • Personal Administrativo y no Administrativo de Corrientes Propiedades.
En su primera reunión, los integrantes de la Comisión Organizadora y colaboradores, trazaron un Plan de acción a seguir. Entre los temas tratados se estableció la importancia que la institución contara con un logo que lo identifique. Todos aportaron ideas para su confección. Después de varios diseños, el que se aprobó por unanimidad, es el que hoy nos representa, cuya descripción es la siguiente:
LOGO DEL COLEGIO PÚBLICO DE MARTILLEROS Y CORREDORES DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES



Descripción:
FORMA: Circular, dividido en dos campos, el externo con la leyenda del colegio y el interno con 4 formas, el contorno de la provincia y sobre éste la cruz de los milagros, a la derecha (oeste) de la provincia, un caduceo, a la izquierda y levemente por debajo de la media de la imagen, el libro con un martillo encima.
LEYENDA: "COLEGIO PUBLICO DE MARTILLEROS Y CORREDORES DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES – LEY 5954".
TIPOLOGIA: Arial.
COLOR: el campo exterior es blanco y el interior es Celeste (R: 71; G: 169 y B: 206). Se lo eligió porque como la ley 5954 entró en vigencia el 26 de mayo, un día después de que la patria cumplió 200 años, es una forma de homenajear dicha fecha.
CONTORNO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: Figura en fondo blanco, que contrasta sobre el fondo celeste que hace alusión clara y directa a la provincia de que representa el Colegio. Elemento que identifica claramente el origen de la delegación en cualquier encuentro nacional.
CRUZ DE LOS MILAGROS: también solo en contorno y fondo blanco es otro símbolo que identifica a la provincia de Corrientes, a su origen y tradición.
CADUCEO: Delineado sobre el fondo celeste, como confundiéndose con éste se encuentra el caduceo, elemento que proviene de la mitología greco-romana es una “vara atributo” originaria de Apolo y a la que Hermes o Mercurio, el dios del comercio y mensajero de los demás dioses, le adhirió las dos serpientes entrelazadas. Incorporada en éste logotipo como símbolo de la paz y del comercio, que es lugar o ámbito donde se desenvuelven los Corredores Públicos.
MARTILLO: Instrumento inconfundible y representativo de los profesionales de las subastas, también delineado sobre el fondo celeste.
EL LIBRO: Delineada como las demás figuras representativas de las profesiones a las que el Colegio Público rige, representa a las obligación que estos profesionales Martilleros y Corredores deben exigirse en cumplir.

Para elaborar el padrón de matriculados y convocar a elecciones, la Comisión Organizadora, realizo tres actos de juramentos de profesionales, en el Salón de Usos Múltiples del Colegio de Abogados, el primer juramento fue el 09 de Diciembre del 2010.
La Comisión Organizadora cumplió fielmente con lo establecido en el Art.64º de la Ley 5954 que textualmente dice:
"A partir de la sanción de la presente ley, quedará constituida una Comisión Organizadora que tendrá funciones de Directorio Provisorio de este Colegio, hasta tanto se designen las autoridades definitivas, con los siguientes mandatos:
a) Recibirá la documentación pertinente de las autoridades que a la fecha hayan llevado la matriculación de los profesionales.
b) Elaborará el padrón de matriculados, quedando a tal efecto suficientemente facultada para realizar los actos de censo, verificación y compulsa que sean necesarios.
c) Convocará a elecciones a la totalidad de los matriculados para conformar los cargos del Directorio previstos en la ley, debiendo efectuar dicha convocatoria en un plazo no mayor a los doscientos setenta (270) días corridos a contar desde la vigencia de la presente.
d) Actuar como Junta Electoral de la primera elección.
La Comisión Organizadora estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos (2) vocales. Los cargos de Presidente, Secretario y uno de los vocales serán designados por el Colegio de Corredores Públicos de Corrientes; el Vicepresidente, el Tesorero y el vocal restante serán designados por la Cámara Inmobiliaria de Corrientes. En estas designaciones las entidades mencionadas deberán prever, respectivamente, la participación de un profesional del interior".
La Comisión Organizadora se constituyo en “JUNTA ELECTORAL” (artículo 64 inciso “d)” de la ley provincial 5954) y en tal función Proclamaron las nuevas autoridades del Colegio Público atento a que solo se ha presentado una sola lista, la que no ha tenido objeciones ni impugnaciones. Las nuevas autoridades del Colegio Público de Martilleros y Corredores de la Provincia de Corrientes, para el periodo 2011-2013 fueron:

Consejo Directivo ARTÍCULO 22º.-

Presidente: HUGO RUBEN YANCOVICH
Vicepresidente: OSCAR ROBERTO VILLAR
Secretario: JUAN JOSE AGUIRRE MARTINEZ
Pro secretario: VICTOR HUGO GOMEZ
Tesorero: JORGE JOSE LUIS MICELLI
Pro tesorero: FLAVIA GUADALUPE SILVA

VOCALES TITULARES
1: RAUL ACHITTE
2: GERARDO AYALA
3: ALDO CENTELLA
4: CARLOS JOSE QUIÑONES
5: WALDEMAR ALTAMIRANO
6: LORENA LAURA MORENO

VOCALES SUPLENTES
1: JUAN CARLOS RIVERO
2: RAMON OSVALDO BILLORDO
3: MARCELO CLAUDIO YANCOVICH
4: NICANDRO JULIO CESAR RAMIREZ
5: CLAUDIA MERCEDES CARAM
6: NIDIA INES ETCHEVERRY

Comisión Fiscalizadora ARTÍCULO 37º.-

Revisores de Cuenta Titulares
1: VICTOR MAXIMILIANO GOMEZ
2: DOMINGO MATIAS GOMEZ GOITIA
Revisor de Cuenta Suplente
1: PABLO JAVIER AYALA

Tribunal de Disciplina ARTÍCULO 39º.-

Titulares
1: NESTOR JAVIER TORRELLA
2: IVAN EMANUEL MONTANARO
3: LUISA HIGINIA BARRIOS
Suplentes
1: RAFAEL AMILCAR COSTA
2: RICARDO GUILLERMO REVIDATTI
3: LAURA RAQUEL ZANDAVALL