NOVEDADES
INSTITUCIONALES
SUBASTA JUDICIAL - Vehículo FORD ECOSPORT - el 17 de Mayo a las 10:30 hs. - en Plácido Martínez 1.350

EDICTO
Por disposición del Juzgado Civil y Comercial Nro. 11 de la Ciudad de Corrientes, a cargo de la DRA. MARIA VIRGINIA TENEV, Secretaría de la AUTORIZANTE, se hace saber que por las normas vigentes y publicaciones de ley, que en los autos caratulados: “PABLO ELOY DONNET S.A. c/ LECCA TERESITA ROSANA Y GONZALEZ SANCHEZ JUAN MANUEL s/ EJECUCION PRENDARIA”, Expte. Nro. 109.222/14 el Martillero JOSE HERNAN BARRIENTO, Matrícula Nro. 399 del S.T.J. rematará el día 17 de Mayo de 2.019 a las 10:30 hs. en el Colegio Público de Martilleros y Corredores de la Provincia de Corrientes, sito en calle Plácido Martínez 1.350, UN AUTOMOVIL MARCA FORD, TIPO RURAL, 5 PTAS. MODELO ECOSPORT 1.6 L. 4 x 2, XLS, MOTOR MARCA FORD Nro. R59AA8569412, CHASIS MARCA FORD Nro. 9BFZE55N1A8569412, Año 2.010, DOMINIO IJO 996. El bien se subasta en el estado físico y mecánico en que se encuentra y podrá ser revisado por los interesados los días hábiles, en horario comercial en los talleres de la Firma PABLO ELOY DONNET ubicados en la Ruta Provincial Nro. 5 5.741 de esta Ciudad. Según constancias del Expte. el vehículo se encuentra desarmado. Las deudas por patentes a la fecha de la subasta, los gastos, impuestos, infracciones de tránsito, impuesto de emergencia docente, tasas que correspondan por cancelación de la prenda y/o todos aquellos que requieran los Registros de la Propiedad Automotor a los fines de la transferencia dominial como las transferencias necesarias para concretarlas, como así también el retiro del vehículo son a cargo del comprador y no podrán deducirse del precio por el cual resultare subastado. DEUDAS: Impuesto Automotor Municipalidad de la Ciudad de Corrientes: Fue dado de baja. San Luis del Palmar: no fue inscripto. GRAVAMENES: Prenda a favor del actor. BASE DE LA VENTA: SIN BASE AL MEJOR POSTOR AL CONTADO Y EN DINERO EN EFECTIVO. CONDICIONES: SEÑA 50 %, COMISION: 10 %, ambos en el acto y en dinero en efectivo. SALDO: al aprobarse judicialmente la subasta. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa, debe ser solventado por el comprador, debiendo el martillero mantenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el Expte. Dejase constancia de esta circunstancia en los Editctos a librarse.
CORRIENTES, 16 de Abril de 2.019.
DRA. ANDREA LUCIANA MARTELOTTE.
ABOGADA SECRETARIA. JCC 11.